En el día del cincuenta
aniversario de la solemne apertura del Concilio Vaticano II el Sumo Pontífice
Benedicto XVI ha establecido el inicio de un Año particularmente dedicado a la
profesión de la fe verdadera y a su recta interpretación, con la lectura o,
mejor, la piadosa meditación de los Actos del Concilio y de los artículos del
Catecismo de la Iglesia Católica”.
“Ya que se trata, ante
todo, de desarrollar en grado sumo -por cuanto sea posible en esta tierra- la
santidad de vida y de obtener, por lo tanto, en el grado más alto la pureza del
alma, será muy útil el gran don de las indulgencias que la Iglesia, en virtud
del poder conferido de Cristo, ofrece a cuantos que, con las debidas
disposiciones, cumplen las prescripciones especiales para conseguirlas”.
“Durante todo el arco del
Año de la Fe -convocado del 11 de octubre de 2012 al 24 de noviembre de 2013-
podrán conseguir la Indulgencia plenaria de la pena temporal por los propios
pecados impartida por la misericordia de Dios, aplicable en sufragio de las
almas de los fieles difuntos, todos los fieles verdaderamente arrepentidos,
debidamente confesados, que hayan comulgado sacramentalmente y que recen según
las intenciones del pontífice:
A) Cada vez
que participen al menos en tres momentos de predicación durante las Sagradas
Misiones, o al menos, en tres lecciones sobre los Actos del Concilio Vaticano
II y sobre los artículos del Catecismo de la Iglesia en cualquier iglesia o
lugar idóneo.
B) Cada vez
que visiten en peregrinación una basílica papal, una catacumba cristiana o un
lugar sagrado designado por el Ordinario del lugar para el Año de la Fe (por
ejemplo basílicas menores, santuarios marianos o de los apóstoles y patronos) y
participen en una ceremonia sacra o, al menos, se recojan durante un tiempo en
meditación y concluyan con el rezo del Padre nuestro, la Profesión de fe en
cualquier forma legítima, las invocaciones a la Virgen María y, según el caso,
a los santos apóstoles o patronos.
C) Cada vez
que en los días determinados por el Ordinario del lugar para el Año de la Fe,
participen en cualquier lugar sagrado en una solemne celebración eucarística o
en la liturgia de las horas, añadiendo la Profesión de fe en cualquier forma
legítima.
D) Un día,
elegido libremente, durante el Año de la Fe, para visitar el baptisterio o
cualquier otro lugar donde recibieron el sacramento del Bautismo, si renuevan
las promesas bautismales de cualquier forma legítima.
Los obispos diocesanos,
en los días oportunos o con ocasión de las celebraciones principales, podrán
impartir la Bendición Papal con la Indulgencia plenaria a los fieles.
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